De dónde salen las multas
La Resolución de 5 de junio de 2026, que regula cómo debe ser el DeCA, no crea sanciones nuevas: se limita a fijar los requisitos técnicos del documento electrónico. Lo que se aplica en una inspección es el régimen sancionador de siempre — el de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT) para la documentación de control — con una diferencia práctica: desde el 5 de octubre de 2026, tener el documento «en papel» ya no cuenta como tenerlo.
Las infracciones típicas y sus multas
| Incumplimiento | Calificación | Multa |
|---|---|---|
| Carecer del documento de control, no cumplimentarlo o que le falten datos esenciales (art. 141.17 LOTT) | Grave | 401 – 600 € |
| No conservar la documentación de control durante el año exigido, u ocultarla a la inspección (art. 141.17) | Grave | 401 – 600 € |
| No llevar a bordo la documentación formal exigible para determinar la clase de transporte (art. 142.8) | Leve | 201 – 300 € |
| Falsear la documentación del transporte (art. 140) | Muy grave | 2.001 – 6.000 € |
La calificación concreta la decide la Inspección de Transporte según las circunstancias del caso; los tramos anteriores son los del art. 143.1 LOTT. La reincidencia en infracciones muy graves puede elevar la multa hasta los 18.000 €.
Quién responde: transportista y cargador
La Orden FOM/2861/2012 reparte la responsabilidad sobre el documento:
- El cargador contractual responde de los datos de la expedición (quién envía, qué se envía, desde dónde).
- El transportista efectivo responde de los datos de ejecución (vehículo, fecha, realización del servicio).
- Ambos deben conservar el documento al menos un año y ambos pueden ser sancionados por los incumplimientos que les sean imputables.
Si eres cargador y esto te suena nuevo, tenemos una guía del DeCA específica para cargadores.
Cómo evitarlas (checklist de 30 segundos)
- Genera el DeCA antes de arrancar — la normativa exige que exista antes de iniciar el transporte.
- Comprueba que el QR funciona: debe descargar el PDF directamente, sin usuario ni contraseña.
- Datos completos: cargador con NIF y domicilio, transportista, origen, destino, mercancía con peso, fecha y matrícula.
- Sin anotaciones a mano sobre la copia impresa: carecen de eficacia. Cualquier cambio, sobre el documento electrónico.
- Conserva un año — y que tu cargador también lo tenga.
El DeCA correcto, en un minuto
MásDeCA genera el documento con todos los datos exigidos, su QR de descarga directa y archivo automático de un año. Foto del albarán, revisar y confirmar.
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Contenido informativo elaborado a partir de la LOTT (arts. 140-143), la Orden FOM/2861/2012 y la Resolución de 5 de junio de 2026 (BOE-A-2026-12784). No constituye asesoramiento jurídico; ante un expediente sancionador, consulta a un profesional.